jueves, 7 de enero de 2010

Seguridad Social incrementa beneficio a afiliados

El incremento tiene vigencia desde el primero de enero del 2010, incluye el Accidente de Trásito y medicamentos.

Un gran aumento del tope en la Cobertura de Enfermedades de Alto Costo fue dispuesto por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), aumentado de RD$500 mil a RD$1.0 millón de acuerdo a la gradualidad establecida por la Ley 87-01, en el Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, a partir del primero de enero del año 2010.
La mejora en los beneficios, contenida en la Resolución No.227-02, incluye los Servicios de Salud por Accidentes de Tránsito, a partir del primero de enero de 2010, cuyo riesgo está siendo administrado por la Administradora de Riesgos de Salud (ARS) a la que pertenezca el afiliado.
La ampliación de los beneficios al Plan de Servicios del Régimen Contributivo, incluyen además la eliminación del co-pago en el procedimiento del recibimiento del bebé en parto normal, la disminución de un 10% del co-pago de los afiliados por concepto de hemoterapia, y la ampliación de la cobertura de RD$90,000.00 al año por afiliado, por concepto de Medicamentos coadyuvantes.
Además el incremento del Listado de Medicamentos en 372 adicionales y la disminución de un 5% del co-pago que actualmente pagan los afiliados por concepto de cirugía.
Los beneficios mencionados serán puestos en vigencia a partir del 1ro. de enero de 2010.
El ámbito del CNSS al tomar estas medidas primó el criterio de que los beneficios sigan siendo mejorados en la medida que el sistema se fortalece, con lo cual da cumplimiento al principio de la gradualidad presente en la Ley 87-01.
Estos beneficios adicionales serán financiados con los fondos que ingresan al sistema sin que esto implique un aumento de los aportes que tanto empleadores como trabajadores realizan mediante sus cotizaciones y van en la línea de continuar mejorando el paquete de beneficios que hoy los afiliados y afiliadas a este régimen de la Seguridad Social.
En un plazo máximo de 90 días a partir de la publicación de la presente Resolución No.227-02, el CNSS conocerá un informe de parte de la Comisión de Salud de este organismo para determinar la viabilidad financiera de un aumento adicional de los servicios y procedimientos que recibe la población asegurada en el Régimen Contributivo.
Asimismo, el Dr. Max Puig, presidente del CNSS, también anunció la puesta en vigencia de la Resolución 227-02, que aprueba el incremento del per cápita del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo de un monto de RD$661.91 a RD$691.48 con cargo a la Cuenta de Cuidado de Atención a la Salud de las Personas del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.
Este aumento es resultado de la revisión de la cápita que por concepto de indexación (compensación) de los costos ha realizado la Comisión Permanente de Salud del CNSS, completando así el aumento que había sido reconocido previamente.
Estas dos resoluciones la cápita a ser dispersada, es decir, entregadas a las ARS, a partir del mes de diciembre 2009, es de RD$721.48, significando que en el caso de los afiliados con dependientes adicionales, se hace efectiva a partir del primero de enero de 2010.
La Resolución No. 227-02, incluye los Servicios de Salud por Accidentes de Tránsito, y que entró en vigencia a partir del primero de Enero de 2010; cuyo riesgo esta siendo administrado por la Administradora de Riesgos de Salud –ARS- a la que pertenezca el afiliado.
En el ánimo del Consejo al tomar éstas medidas prima el criterio de que los beneficios sigan siendo mejorados en la medida que el sistema se fortalece, con lo cual da cumplimiento al principio de la gradualidad presente en la ley 87-01. De manera que, a partir del recién pasado primero de enero Las Administradoras de Riesgos de Salud -ARS)- empezaron a dar cobertura por accidentes de tránsito a sus afiliados, dando cumplimiento a la disposición del Consejo Nacional de la Seguridad Social -CNSS-.

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